martes, 30 de enero de 2018

Manual de usuario del nuevo Convenio TIC (III). El desastre de las categorías profesionales.

El cambio del modelo de categorías profesionales es, sin duda, el trofeo de caza mayor para la patronal en un contexto de convenio TIC de rendición. Si en los anteriores capítulos concretábamos qué supone la ampliación a 6 meses del periodo de prueba o la pérdida de poder adquisitivo de las tablas salariales, en este detallaremos el núcleo de la precarización conseguida por las empresas TIC.

 

Creación de dos niveles de categorías inferiores para funciones de categorías actuales


Se ha firmado una fragmentación de categorías actuales en ‘escaloncitos’, donde el nivel más alto tiene el salario actual y las otras dos nuevas son por salarios inferiores.



Por ejemplo: ¿Has evolucionado y ya pasas trabajo a otros programadores? ¡Felicidades! En el convenio anterior serías ‘Analista Programador’ y supondría un salto salarial mínimo de 6.462€ anuales. (22.993€ por ser A.P. comparado con los 16.531€ de Programador senior).

¡Lástima! En el nuevo convenio firmado por CCOO y UGT el cambio sería a la categoría de Nivel III del grupo C (19.500€ anuales) y más adelante, mediante unas definiciones subjetivas e indemostrables como pasar de ‘tiene autonomía’ a ‘tiene amplia autonomía’ si quisieran hacerte ‘progresar’ el salario anual pasaría a 21.500€.

Es decir, se permite hacer las mismas funciones pero por 3.493€ anuales o 1.493€ anuales menos que con el anterior convenio.

¡Bien!. En el caso de programador senior han hecho lo mismo (-1.237€ anuales y -1.531€ anuales) por hacer lo mismo que antes. Poco a poco, que no hay prisa.

El colmo de la desfachatez está en ‘programador Júnior’, al legalizar el fraude de la categoría de ‘codificador informático’, usado ilegalmente por las peores empresas del sector en materia de derechos laborales (como Everis) para pagar menos que el salario de programador junior. Aún tenemos que soportar que vendan como una victoria un incremento en esa categoría fraudulenta hasta unos impresionantes 12.979€ anuales. Legalizan la peor precariedad laboral.

¿Denunciar tu categoria correcta? ¿Cómo?


Hasta ahora cada categoría tenía bastante concretada sus funciones. Eso permitía que si demostrabas con hechos que, por ejemplo, hacías documentos de análisis pasaras a la adecuada, con el cambio de salario base que fuera. Ahora las nuevas definiciones son subjetivas, ambiguas, genéricas y varias a la vez. De tal forma que si incumples una, pierdes.

Será prácticamente imposible ganar juicio alguno por categorías.

Otra vez por debajo del salario mínimo interprofesional


Si se cumplen las previsiones del gobierno (850€ brutos en enero de 2020), 3 categorías serían ilegales al quedar por debajo y otras 4 estarían a menos de 80€ mensuales del salario mínimo interprofesional.

Concluyendo, nuestra carrera profesional será inexistente desde un punto de vista formal y los salarios se derrumbarán a medio plazo. La misma traducción: despidos de los más "costosos", caída general de salarios y condiciones laborales, más precariedad, más abusos.

martes, 23 de enero de 2018

Manual de usuario del #ConvenioTIC (II). No es que pierdas dinero, es que crece pero en negativo.

Seguimos con la segunda entrega de casos prácticos de las diferentes peoras del Convenio TIC.

Otro de los hitos que nuestros grandes negociadores vendieron  es lo que llamaban ‘incremento de tablas salariales en las categorías’ (y su repercusión automática en trienios). Efectivamente, una fantástica subida del salario base por categoría de un 7,1%, en cómodos plazos hasta el 2019.

¿Pero qué “subida es esa”? Como todo el mundo sabe existe un baremo que se llama IPC que representa la inflación media (es decir, lo que cuestan las cosas en un momento respecto de otro). Eso es lo que vale el dinero, tu nómina, los billetes con los que llenas el carro de la compra.


Los sindicatos han de garantizar que, al menos, los salarios representen la misma capacidad de compra (es decir, al menos como la inflación) para que no sea a la práctica un retroceso real.

Resulta que la inflación acumulada desde el último cambio de tablas ha sido, a fecha de hoy del +11,6%. Y aún faltan dos años más de inflación hasta el 2019.

¿Qué quiere decir eso?

Pues es tan sencillo como que el salario base, o trienio, de lo que recibía un trabajador o trabajadora del sector TIC en 2010 es superior, en términos de posibilidad de compra, en 4,5 puntos respecto a la gran subida-bajada pactada hasta finales de 2019. ¡Bravo, ahí!

Pero eso no es todo, claro. Esa diferencia será aún mayor cuando se sume la inflación de 2018 y 2019. Le llaman subida pero quieren decir empobrecimiento que irá directo a los bolsillos de las empresas.

¡Ojo, que aún hay más!

Para que las pobres multinacionales no sufran mucho con los atrasos pendientes desde el 2010 de los miserables salarios base, nuestros hábiles negociadores les indultan el periodo 2010 a octubre 2017, eliminando sus atrasos. Por decirlo de otra forma, las empresas se meten en el bolsillo la diferencia de casi 8 años. ¡Vamos!

Y ya puestos, finalizan la fiesta regalando los 3 primeros meses de 2018, el incremento de este año se iniciará en abril.

¿Efectos de este robo? Aparte de la tomadura de pelo, incrementará la caída salarial de todo el sector al permitir a las empresas contratar por cada vez menos dinero en términos reales respecto 2010.

Os lo traducimos: más despidos y peores condiciones.

lunes, 15 de enero de 2018

Manual de usuario del nuevo Convenio TIC (I). El periodo de prueba.

Una vez analizado al detalle las modificaciones realizadas sobre el Convenio TIC por parte de la patronal, CCOO y UGT, pasamos a mostrar sus consecuencias mediante una serie de comunicados de casos prácticos. Empezaremos con el periodo de prueba de los nuevos contratos.


El periodo de prueba es el tiempo en que un contrato de trabajo puede ser rescindido por cualquiera de las dos partes sin tener que dar explicación alguna, ni indemnización.

CCOO y UGT aceptaron incrementar los periodos para la inmensa mayoría de los trabajadores del sector pasando de 3 a 6 meses y en el caso de los no cualificados, de 15 días a 3 meses. Durante ese tiempo, la empresa puede echarte sin pagarte ni un euro de indemnización.

Esto afecta a cualquiera: tengas o no experiencia. Si cambias de empresa, puede pasarte a ti. Todos los nuevos contratos a firmar están afectados por esta empeora del nuevo convenio.

Incluso los contratos temporales serían papel mojado: Desde una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuando un contrato temporal finaliza, la indemnización es de 20 días por año trabajado. Excepto si es en periodo de prueba.

Con este cambio en el convenio, las empresas podrán hasta los 6 meses burlar esta normativa, y la del despido improcedente, para no pagarte ni un euro. Despido gratis.
  • Con el anterior convenio, un trabajador/a despedido a los 6 meses cobraría 10 días de salario como indemnización. 16,5 días si se trataba de un despido improcedente.
  • Con el convenio acordado por CCOO y UGT, cobrará 0€.
¡Gracias, CCOO y UGT!